Dioni

Una investigación vale lo que vale su procedimiento.

Los hechos casi nunca son lo que hace caer una investigación. La hacen caer el registro que no se llevó, la parte que no fue oída, la prueba obtenida como no correspondía y la sanción aplicada tarde. Dioni existe para que eso no pase.

El límite

El principal límite de una investigación interna son los derechos fundamentales de las personas involucradas. No es una consideración ética añadida al final: es lo que determina si el procedimiento es válido.

El ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieren afectar la intimidad, la vida privada o la honra de estos. Artículo 5° del Código del Trabajo

De ahí se desprende todo lo demás: que el investigado tenga derecho a saber de qué se le acusa y a defenderse, que las medidas sean proporcionales, que la reserva proteja a los intervinientes sin dejar a las partes a ciegas, y que toda actuación quede documentada.

Los once principios

Confidencialidad

Reserva frente a terceros, no frente a las partes: quien es investigado tiene derecho a conocer el proceso.

Bilateralidad

Ambas partes son oídas y pueden fundamentar sus dichos, en igualdad de condiciones.

Profesionalismo

Investigador con formación acreditable, medios suficientes e independencia real.

Legalidad del procedimiento

Las infracciones, las sanciones y el procedimiento deben estar establecidos antes, y en el instrumento que corresponde.

Imparcialidad

Quien investiga se abstiene ante conflicto de interés, y la objeción de las partes queda registrada en el informe.

Documentación

Todo lo actuado consta por escrito. Lo que no está registrado, en un juicio no existió.

Indemnidad

Sin represalias contra quien denuncia, declara o facilita el proceso.

Facticidad

Se investigan hechos, no opiniones ni percepciones sobre el carácter de alguien.

Respeto a los intervinientes

Al denunciante, al denunciado y a los testigos, que no son investigados y no deben ser tratados como tales.

Perspectiva de género

Análisis fundado de las asimetrías de poder. No es dar por acreditado: es no leer los hechos como si el contexto no existiera.

Buena fe

La norma de cierre que integra a todas las anteriores y obliga a todos los intervinientes.

La prueba

El estándar

Sana crítica: lógica, máximas de la experiencia y conocimientos científicamente afianzados. En materia de acoso, la doctrina mayoritaria trabaja con preponderancia de la prueba. Y una distinción que ordena todo el análisis: una cosa es que algo esté probado y otra que se lo tenga por probado.

Los tipos

Prueba directa, circunstancial y de corroboración. El testimonio de la víctima, como única prueba directa, puede bastar para acreditar el hecho, siempre que el informe consigne las exigencias de racionalidad que permiten tenerlo por suficiente.

La licitud

La prueba obtenida vulnerando derechos fundamentales se excluye de la decisión, pero el informe debe referirse a ella y explicar por qué se descarta. Omitirla no es prolijidad: es dejar el análisis incompleto.

Las medidas de control

Cámaras, revisión de correos y toda medida de control deben estar contempladas en el reglamento interno, aplicarse de forma general y respetar la dignidad. Si no lo están, la prueba nace cuestionable por buena que sea.

La entrevista

Es diligencia mínima y es el medio de prueba que más se descuida. Voluntaria siempre, individual, sin técnicas coercitivas, y en el orden que evita sesgos: primero quien denuncia, después quien es denunciado, al final los testigos.

Preparación

Revisión de antecedentes, plan de entrevista y una secuencia pensada para que las versiones no se contaminen.

Apertura

Se informa el propósito, la calidad en que declara, que es voluntario, y que quien investiga representa a la organización y no a la persona entrevistada.

Desarrollo

Preguntas abiertas, sin inducir. Se aclaran las contradicciones en la misma entrevista, no después.

Cierre

Recapitulación, firma del acta y, si se niega a declarar o a firmar, constancia de esa circunstancia. Nadie puede ser obligado.

El informe

Contenido tasado

En los procedimientos reglados, el informe tiene contenido mínimo obligatorio: individualización de las partes y del investigador, constancia sobre su imparcialidad, medidas de resguardo y notificaciones, antecedentes, relación de los hechos, los indicios y razonamientos que fundan las conclusiones, y las propuestas de medidas correctivas y de sanción.

Cada hecho, su conclusión

La denuncia se descompone en hechos a probar, y cada hecho recibe su prueba y su conclusión individual. No hay una valoración global que arrastre a todos.

Cita a la fuente

Toda afirmación se apoya en evidencia registrada, identificada por su origen. Un informe que no se puede auditar hacia atrás no sirve para sostener una sanción.

La decisión

Quién decide

Depende del procedimiento. En el reglado, las conclusiones del informe condicionan la decisión del empleador. En los no reglados, el investigador propone y resuelve el órgano designado — que tampoco puede apartarse arbitrariamente de lo acreditado.

Graduación

Proporcionalidad y gravedad, reiteración, irreprochable conducta anterior y mitigación. Con una salvedad: frente a la falta de probidad y al acoso, los atenuantes no operan.

Los límites

El catálogo de sanciones es cerrado. Un hecho ya sancionado no puede volver a serlo. El fuero exige autorización judicial previa. Y la sanción tardía se pierde: la inactividad prolongada del empleador se entiende como perdón de la causal.

Después de la sanción

Las medidas correctivas no castigan: previenen la repetición y corrigen lo que el caso dejó a la vista. Ahí es donde una investigación deja de ser un episodio y pasa a mejorar el sistema.

El libro

Retrato de Rebeca Zamora Picciani

Rebeca Zamora Picciani Abogada. Autora del texto que ordena esta metodología.

Portada de «Investigaciones internas corporativas. Un enfoque desde el compliance», de Rebeca Zamora Picciani. Colección Cuadernos Jurídicos, Ediciones DER.
Investigaciones internas corporativas
Un enfoque desde el compliance
Cuadernos Jurídicos · Ediciones DER

Todo lo anterior está publicado. No es un documento interno ni un manual de uso: es la culminación de años de práctica en compliance corporativo, escrita, editada y expuesta a la discusión de la disciplina. Se puede leer, citar y discutir antes de contratar a nadie.

Dioni es el paso siguiente. La misma metodología, ya no como un texto que hay que recordar caso a caso, sino ejecutándose: los principios convertidos en pasos del procedimiento, las exigencias de registro convertidas en un expediente que se llena solo mientras se trabaja, y la potencia de la IA puesta a leer y ordenar lo que antes tomaba días.

Cómo se traduce esto en Dioni

Nada de lo anterior es una función del software: es lo que hay que hacer, con o sin herramienta. Dioni existe para que hacerlo bien no dependa de la memoria de quien lleva el caso.

Documentación

Cada actuación queda con su fecha, su autor y su documento en el expediente del caso, y toda afirmación del informe se apoya en una pieza identificable. Lo que en un juicio se pide —mostrar de dónde salió cada cosa— es lo que el expediente ya guarda.

Jurisprudencia a la mano

Una biblioteca propia de fallos y doctrina administrativa, curada por abogados, que devuelve el párrafo exacto que resuelve el punto y no el documento entero. Es lo que permite contrastar si dice lo que se afirma que dice.

Dónde se detiene

El asistente busca, ordena y muestra la fuente. No redacta el informe, no califica los hechos y no propone una sanción. Esa parte es el trabajo del investigador, y es también su responsabilidad: no se delega en una herramienta.

¿Conversamos sobre cómo se aplica esto en tu organización?

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